
Para gobernar una embarcación de recreo es necesario, salvo en determinados casos, estar en posesión de alguna de las titulaciones náuticas contempladas en la normativa que regula los títulos náuticos, que emite la Dirección General de la Marina Mercante o las Comunidades Autónomas que tengan cedida esta competencia.
En la página web de la Dirección General de la Marina Mercante, se puede consultar toda la información sobre Titulaciones Náuticas, sus habilitaciones, convocatorias de exámenes, etc.
Gobierno de motos náuticas, dentro de los límites específicos de navegación aplicables a éstas, de acuerdo con sus características técnicas.
Gobierno de embarcaciones de recreo a motor de hasta 15 metros de eslora, que faculta para la navegación entre islas dentro del archipiélago balear y canario.
Gobierno de motos náuticas, dentro de los límites específicos de navegación aplicables a éstas, de acuerdo con sus características técnicas.
Gobierno de motos náuticas, dentro de los límites específicos de navegación aplicables a éstas, de acuerdo con sus características técnicas.
Gobierno de motos náuticas, dentro de los límites específicos de navegación aplicables a éstas, de acuerdo con sus características técnicas.